La Suprema Corte niega amparo fiscal por diésel a Peñoles
Con siete votos a favor, el tribunal validó las facultades del SAT para fijar requisitos en 2019.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo a Industrias Peñoles y varias de sus filiales. Las empresas buscaban acceder a estímulos fiscales otorgados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público correspondientes al ejercicio fiscal de 2019.
Por una mayoría de siete votos, los ministros determinaron que la Regla 9.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal de 2019 constituye un ejercicio válido de las facultades del Servicio de Administración Tributaria (SAT). La ministra ponente María Estela Ríos explicó que requisitos como contar con el título de concesión minera, acreditar determinados ingresos o estar al corriente en el pago de derechos mineros son mecanismos de control razonables que no alteran el estímulo al diésel y biodiésel.
El litigio se inició en 2019 tras la impugnación de dicha regla por parte de Peñoles. En julio de 2024, la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) validó las disposiciones. Aunque el Decimoséptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito concedió posteriormente un amparo a Peñoles por considerar que el SAT rebasó el marco legal, la autoridad tributaria y Hacienda solicitaron que la SCJN atrajera el caso.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa emitió el único voto en contra del proyecto. Esquivel Mossa sostuvo que la autoridad fiscal excedió los límites de la ley y cuestionó la exigencia de acreditar ingresos mínimos de 50 millones de pesos en el ejercicio anterior para acceder al beneficio.
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